sábado, 17 de mayo de 2008

Bienvenid@s al Blog del Cee de Filosofia


Wena guachos

espero que este blog se use para informar a todos los alumnos del instituto y a los compañeros de otras escuelas, no solo en estas movilizaciones sino tambien de aqui pa delante, dejo hecha la invitacion a esta muralla de filosofia para que compartamos nuestras inquietudes, consultas, temores, logros y luchas.


Asi que adelante po´ compañeros este nuevo frente de lucha ideologico que es la internet tambien debe ser combatido, hacia la busqueda de la nueva verdad (no esa verdad del mercurio y la estrella) y escriban que para eso esta.

1 comentario:

Su Director dijo...

Al Senado proyecto de Ley General de Educación

La iniciativa fue aprobada con dos indicaciones, una de ellas del Gobierno, que obliga a que los establecimientos pertenecientes o dirigidos por órganos estatales provean una educación pública de calidad, pluralista e integrada.

El texto legal (boletín 4970), fue aprobado en general por 96 votos a favor, 12 en contra y 7 abstenciones. Posteriormente, se procedió a la votación particular de las más de 70 indicaciones, de las cuales sólo dos fueron aprobadas.

La primera de ellas, presentada por el Ejecutivo, fue aprobada por 85 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones. La propuesta establece que "es deber del Estado que los establecimientos educacionales pertenecientes o dirigidos por sus órganos, se organicen y funcionen conforme al carácter público de tales instituciones".

Agrega la indicación que estos establecimientos tendrán "la obligación de proveer una educación pública de calidad, pluralista y que promueva la integración social, dando, además, cumplimiento a los otros principios contemplados en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por Chile y las leyes".

La segunda indicación, que había sido presentada ante la Comisión de Hacienda, fue aprobada por 93 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, y dice relación con los sostenedores de colegios que impartan educación parvularia, básica y media que cuenten con reconocimiento oficial, a la fecha de publicación de la ley.

Ellos deberán acreditar ante el Ministerio de Educación el inicio de la tramitación para ajustarse al requisito de la personalidad jurídica para convertirse en sostenedores mediante esta ley, en el plazo de un año. El proceso de adecuación deberá concluir en el plazo máximo de dos años, desde la publicación de la ley.

Nueva ley de educación

El proyecto de Ley General de Educación, (LGE), que ahora será analizado por el Senado, regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa; fija los requisitos mínimos que se exigirán en cada nivel y regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento.

El mensaje establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los establecimientos e instituciones de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo de calidad.

Asimismo, establece que el sistema chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza.

Se inspira además en los principios de universalidad y educación permanente; calidad; equidad del sistema educativo; autonomía; diversidad; responsabilidad; participación; flexibilidad y transparencia.

El texto dispone que la educación es un derecho de todas las personas. Corresponde preferentemente a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación.

Dentro de los deberes del Estado, se enumera la promoción y gratuidad de la educación parvularia; la obligatoriedad de la educación básica y media, para lo cual deberá establecerse un sistema gratuito que garantice el acceso; la promoción de políticas educacionales que reconozcan y fortalezcan las culturas originarias; y el resguardo de los derechos de los padres y alumnos, cualquiera sea la dependencia del establecimiento que elijan.

El Estado deberá velar además por la calidad de la educación, estableciendo las condiciones necesarias para ello y verificando permanentemente su cumplimiento. Se incluye en este aspecto la promoción del desarrollo profesional docente.

El Estado deberá velar por una educación de calidad para todos, procurando que tanto el sistema público como el que ofrecen los particulares la tenga. El Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de Educación, la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia del ramo, deberán administrar, en el ámbito de sus competencias, el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación.

Asimismo, es deber del Estado reguardar la libertad de enseñanza. Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos. Por otro lado, la libertad de enseñanza incluye el derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.

A continuación se detallan los derechos y deberes de los alumnos, apoderados, profesores, asistentes de la educación y equipos docentes directivos. En el caso de los sostenedores, se indica que tendrán derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo de acuerdo a la autonomía que garanticen las leyes.

También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado.

Jueves 19 de junio de 2008

"El rincon rojo"